lunes, 25 de febrero de 2013

¿Son suficientes las medidas aprobadas por el Gobierno para mejorar el emprendimiento?

Como no podía ser de otra manera, os dejo un nuevo post, dedicado, en esta ocasión, a la aprobación el pasado viernes en Consejo de Ministros del Real Decreto Ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo del Gobierno de Mariano Rajoy. Eso sí, en su mayoría dedicadas a incentivar y fomentar el empleo en jóvenes menores de 30 años, donde el porcentaje de gente desempleada (hombre y mujeres) alcanza el 52,01% de la población.

Echo de menos medidas destinadas a emprendedores con edades comprendida entre los 30 y 65 años de edad, cuyo porcentaje de parados (hombre y mujeres) se encuentra en el 23,70%. En estas edades, muchas de las personas que se encuentran desempleadas son padres y madres de familia con cargas familiares. Algunos de ellos, con ambos miembros en paro, percibiendo únicamente el subsidio que ofrece el Gobierno de 426 € mensuales a la unidad familiar. Hay que abrir el concepto de emprendimiento a estas personas, es necesario incorporar a emprendedores de todas la edades, puesto que ellos también son el futuro de esta sociedad. Empecemos a valorar la experiencia como un valor hacia la "excelencia".

En este Real Decreto, el Consejo de Ministros ha incorporado una serie de  medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento en diversos ámbitos. Además,  próximamente, se estudiará un Anteproyecto de Ley de Emprendedores, así como otras iniciativas legislativas necesarias para la ejecución del Plan de Estímulo Económico y Apoyo al Emprendedor.



Entre las decisiones de desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se incluyen medidas a través de la cuales se inicia el desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, resultado de un proceso de diálogo y participación con los interlocutores sociales. Concretamente, se desarrolla un primer conjunto de medidas que se espera que tenga un notable impacto positivo en la reducción del desempleo juvenil.

Ideas para  fomentar el emprendimiento y el autoempleo de los jóvenes:

1.- Se establece una tarifa plana de cincuenta euros en la cotización a la Seguridad Social, para nuevos autónomos menores de treinta años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses.
2.- Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante nueve meses para menores de treinta años en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
3.- Se amplían las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora. Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de treinta años podrán capitalizar hasta el 100 por 100 de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.
4.- Reanudación del cobro de la prestación por desempleo. Para menores de treinta años se amplía de dos a cinco años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo.
5.- Se aprueban, además, incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores. En concreto, se reduce la tributación a las sociedades de nueva creación y a los nuevos autónomos:
Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15 por 100 (hasta una base imponible de trescientos mil euros y del 20 por 100 (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20 por 100 en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Además, se establecen incentivos fiscales para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo. Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos sólo hasta 15.500 euros).

En relación con  la contratación laboral de jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15 por 100, el Real Decreto señala que la cuota de la empresa a la Seguridad Social se reducirá en un 75 por 100 para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100 por 100 para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de treinta años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de doce meses.
Los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100 por 100 de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de treinta años.

Se introduce el contrato "primer empleo joven": modificación del actual contrato temporal para contratar a menores de treinta años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de quinientos euros/año durante tres años o setecientos euros si se suscribe con mujeres). Y también se incluyen incentivos al contrato en prácticas para que aquellos jóvenes de hasta treinta años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50 por 100.

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